Resistir a los usurpadores por todos los medios......

El socio Gilberto Penayo explica que la Institución como organización intermedia forma parte de las instituciones privadas que deben acatar el ordenamiento jurídico nacional, por lo tanto, el Club Deportivo de Puerto Sajonia debe respetar los principios constitucionales republicanos vigentes, así como los inherentes a la democracia representativa, y en especial lo dispuesto en el art. 3 de la C.N. que ordena taxativamente “la dictadura esta fuera de la ley”, ello implica que ninguna persona puede arrogarse todos los poderes concentrando en si misma todas
las atribuciones conferidas por mandato asambleario al cuerpo colegiado que es la Comisión Directiva. Cualquier intento o pretensión de violentar o subvertir dichos principios constitucionales, daría lugar a acciones judiciales para reponer el orden legal quebrantado. Sigue manifestando, que las actuaciones de quien en la actualidad concentra todos los poderes de la institución, son contrarias a los Estatutos, las leyes y la Constitución Nacional. Recalca Penayo Toda autoridad usurpada es ineficaz; sus actos son nulos y carecen absolutamente de eficacia, pues proviene de quién no tiene atribuciones constitucionales, legales y estatutarias para su validez, por lo que dichos actos además de configurar un quiebre constitucional, quebrantan los principios más elementales que sustentan nuestra democracia representativa y el Estado Social de Derecho en que se constituye la República del Paraguay. Que el Club Deportivo de Puerto Sajonia cuenta con Estatutos Sociales aprobados por los poderes legítimamente constituidos de la República y que su Personería Jurídica cuenta con reconocimiento oficial, y que por dichas circunstancias el Club Deportivo de Puerto Sajonia se ha incorporado al Derecho Positivo Paraguayo, en consecuencia, su desenvolvimiento en ese sentido debe ajustarse al cumplimiento irrestricto de las normas jurídicas consagradas en nuestro país que rigen el estado de derecho, en consonancia con el sistema  democrático de gobierno, y de allí se colige que  cualquier gobierno o autoridad de facto, que se establezca y conduzca contra lo establecido por la constitución, Art 3  “ La dictadura esta fuera de la Ley”, estaría violando el orden jurídico nacional. 
En nuestro respetable Club, un ciudadano de nombre  LUIS FERNANDO NICOLAS FLOR LUNA, se convirtió de hecho en dictador supremo, concentrando en su persona todos los poderes que deberían estar en los órganos estatutarios electos, y en consecuencia usurpó en forma antijurídica y antidemocrática todo el poder político de nuestra institución, siendo los acto realizados por el hasta la fecha  totalmente ilícitos, que conllevan una nulidad insanable.-   
Hoy estamos en  manos de la Justicia,  por los desmanes y abusos del dictador del Club, la sociedad debe seguir creyendo que la observancia del derecho y la práctica de la democracia son el método apropiado para remover pacíficamente  a los gobernantes abusivos o incapaces; o bien que en el imaginario colectivo empiece a acunarse la idea de que  la norma jurídica es  un obstáculo al cambio social, que los jueces proceden de manera ilegal, opaca o facciosa, y que la revuelta es el camino alterno para dirimir los conflictos políticos. 
LOS FALLOS DEBEN CONTENER GRANDEZA JURIDICA  PARA SU CREDIBILIDAD, para no olvidar que el voto es  la viga maestra de la democracia y el puntal de la soberanía nacional, cualquier otro método –además de ilegal- sería atentatorio contra la paz y la armonía que deben reinar en la república del Paraguay. Quienquiera que intente cambiar dicho orden, o quiera actuara al margen de los procedimientos previstos en nuestra Constitución y de nuestras leyes, incurrirá en los delitos que se tipificarán y penarán en la Ley. 
Nuestra Constitución, la Ley y nuestros Estatutos Sociales no perderán su vigencia ni dejarán de observarse por actos de fuerza u órdenes que emanen de Jueces que se aparten de sus postulados, solo el tiempo y luego la historia nos dará la razón, estamos en presencia de una dictadura de hecho en plena democracia, por lo que pido a los consocios la fortaleza e integridad de quienes amamos a la democracia para su restauración en el seno de nuestra querida entidad sajona. 
Al solo efecto ilustrativo y sin interés de ser reiterativo, me permito indicar lo dispuesto en nuestra Constitución Nacional con relación a lo manifestado precedentemente, y dice así: “Artículo 138. DE LA VALIDEZ DEL ORDEN JURÍDICO: Se autoriza a los ciudadanos a resistir a dichos usurpadores, por todos los medios a su alcance. En la hipótesis de que esa persona o grupo de personas, invocando cualquier principio o representación contraria a esta Constitución, detenten el poder público, sus actos se declaren nulos y sin ningún valor, no vinculante y, por lo mismo, el pueblo en ejercicio de su derecho de resistencia a la opresión, queda dispensado de su cumplimiento. Los estados extranjeros que, por cualquier circunstancia se relacionen con tales usurpadores, no podrán invocar ningún pacto, tratado ni acuerdo suscripto o autorizado por el gobierno usurpador, para exigirlo posteriormente como obligación o compromiso de la República del Paraguay. En el mismo sentido y al solo efecto de recordar a los socios las normas que nos rigen, me permito dar lectura a algunos artículos de nuestro código civil, que dispone cuanto sigue: Art.27.- Los actos prohibidos por las leyes son de ningún valor, si la ley no establece otro efecto para el caso de contravención. Art.97.- Se reputan actos de las personas jurídicas los de sus órganos. Aclara el consocio Gilberto Penayo, que el Club como persona jurídica, pertenece a la categoría de Asociación  Civil  sin fines de lucro y cuyo objetivo constituye el bien común, que se rige por el Libro 1º, Titulo 2º De las Personas Jurídica,  Capitulo 2º De las Asociaciones  reconocidas de utilidad publicas,  del Código Civil Paraguayo, así  lo señala  el Art 103  LAS ASOCIACIONES SE REGIRAN  POR LAS REGLAS DE ESTE CAPITULO Y POR SUS ESTATUTOS. La prelación es clara  señala Penayo.  Finalmente Penayo, solicita a los socios del Club Deportivo de Puerto Sajonia un profundo análisis de cuanto viene aconteciendo en el seno de la Institución, a fin de tomar las medidas correctivas que sean pertinentes para la recuperación efectiva de los principios democráticos que deben regir.
Acaso no es cierto que de nuevo el club se encuentra sin Comisión Revisora de Cuentas? No es cierto también que 5(cinco) miembros titulares de la Comisión Directiva actual, entre los que se encontraban el Sr. Chiola y el Sr. Mass, tesorero y vicepresidente respectivamente, que ingresaron por su lista, más otros tres reconocidos consocios, se retiraron indignados por el manejo unilateral que hace Ud., de la Institución?.

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